Mujeres y conflictos en los matrimonios de Andalucía occidentalel Arzobispado de Sevilla durante el siglo XVII

  1. Ruiz Sastre, Marta
Dirigida por:
  1. María Luisa Candau Chacón Directora

Universidad de defensa: Universidad de Huelva

Fecha de defensa: 18 de enero de 2016

Tribunal:
  1. Daniela Lombardi Presidente/a
  2. Margarita Torremocha Hernández Secretario/a
  3. Tomás Antonio Mantecón Movellán Vocal
Departamento:
  1. HISTORIA, GEOGRAFIA Y ANTROPOLOGIA

Tipo: Tesis

Resumen

La defensa del paradigma matrimonial moderno, construido sobre los principios de monogamia e indisolubilidad, resultó fundamental para garantizar la continuidad del orden estamental y controlar las conductas de los individuos del Antiguo Régimen. No obstante, pese al empeño puesto por los órganos de poder y ciertos colectivos sociales por implantar una institución compacta en su estructura y severa en su funcionamiento, y limitar los espacios destinados a los afectos y querencias de novios y esposos, prácticas como el amancebamiento, el adulterio, la seducción, el estupro, la bigamia o el incesto sobrevivieron por su profundo arraigo entre las gentes de la sociedad moderna, violando a un tiempo la ley divina y los principios reconocidos por el ordenamiento civil. Nuestro proyecto ha perseguido ampliar el conocimiento hasta la fecha alcanzado sobre los conflictos matrimoniales analizando el caso del Arzobispado de Sevilla del Seiscientos. En otras palabras, nos hemos ocupado de las contrariedades surgidas entre las parejas de uno de los territorios más poblados y dinámicos de la Monarquía Hispánica a lo largo un siglo especialmente turbulento, el XVII, caracterizado por una serie de deficiencias estructurales y calamidades coyunturales que, de manera sinèrgica, propiciaron la aparición de conflictos en cualquier ámbito de la vida cotidiana, incluyendo, por supuesto, el de las relaciones entre sexos. El propósito final: profundizar en el modelo de reglamentación matrimonial de la capital hispalense, ofrecer un análisis correcto de los conflictos relacionados con la vida conyugal, estudiar las formas de regulación de los problemas tocantes a las relaciones de pareja y elaborar un discurso sobre su evolución en función de las circunstancias económicas, demográficas, sociales y políticas del Arzobispado. En pocas palabras, enmarcado nuestro estudio en el universo de la vida privada y de las transgresiones al vínculo nupcial, y partiendo de una reflexión sobre el modelo matrimonial instaurado en la Sesión XXIV del Concilio de Trento (1563), hemos pretendido valorar el choque de posiciones e intereses entre lo que las instituciones que ejercían el poder impusieron, y lo que los individuos consintieron hacer; todo ello en un intento por conocer el grado de observancia y cumplimiento de las disposiciones tridentinas y reflexionar sobre el grado de éxito del programa conformador de la organización social emprendido por la Iglesia Católica, al tiempo que evaluar si el “amor” tuvo peso suficiente como para convertirse en factor capaz de llevar a la rebeldía y a la quiebra del modelo matrimonial establecido. Para realizar este estudio de confrontación entre la norma escrita y las prácticas cotidianas, en definitiva, sobre el grado de cumplimiento efectivo o de apartamiento de las pautas culturales y jurídicas impuestas a los hombres y mujeres de la Modernidad, hemos empleado fuentes procedentes del ejercicio procesal de la Iglesia hispalense durante el periodo seleccionado. A través del análisis de los discursos contenidos en cada uno de los expedientes que conforman las series revisadas, y de otros textos de naturaleza variada (legal, doctrinaria, moral, de ficción) hemos perseguido: aproximarnos a la definición doctrinal de conceptos como estupro, concubinato, divorcio o adulterio, y su evolución histórica; conocer la imagen que de la seducción, los amancebamientos, la infidelidad y otras conductas transgresoras tuvieron los personajes que intervinieron en los procesos; elaborar una tipología de los comportamientos conflictivos; identificar el discurso empleado por los litigantes, procuradores y juristas en los litigios, poniendo especial atención a cuáles fueron los medios y estrategias empleados para la defensa y la acusación, y cuáles las diferencias de género contenidas en estas disertaciones; determinar la respuesta dada por la justicia a las cuestiones planteadas; y dar a conocer la flexibilidad en la imposición de la norma y la pluralidad de la transgresión, la adaptación de los parámetros morales al curso de los tiempos, la convivencia del rigor normativo con la relativa libertad de praxis, y la multiplicidad de “uniones” que coexistieron con el modelo católico. En definitiva, a través de la reconstrucción de múltiples y diversas historias matrimoniales -de su conformación y de los modos de convivencia- hemos comprobado que los conflictos no fueron ajenos a los habitantes de la Sevilla del XVII. Hemos podido ilustrar acerca de cómo los noviosprimero, y los esposos después, afrontaron sus problemas de pareja;apreciar la variedad de “caminos conyugales”y la gran capacidad mostrada por algunos, en especial por las mujeres, para buscar y hallar recursos con los que poder afrontar sus dificultades, ya despertando sentimientos de solidaridad en el entorno, ya acudiendo a la justicia en busca de amparo institucional; conocer cuáles fueron los cambios experimentados en la sociedad respecto a estos temas a lo largo de la centuria y su maleabilidad en función de las circunstancias; e identificar el peso que la ideología eclesiástica o la observancia de códigos sociales como el del honor tuvieron sobre la mentalidad colectiva. Para concluir hacemos dos precisiones. Primera: si bien queda evidenciado el conflicto, pensamos en él como un estímulo que impulsa el avance y el crecimiento. A lo largo de toda nuestra investigación hemos entendido los problemas conyugales como fuentes de vitalidad para la regeneración, y no como lastre que conduce a la decadencia y al ocaso. Y segunda: defender que todos los casados desearon rebelarse contra un sistema que les aseguraba preeminencia social y económica a pesar de no buscar la correspondencia con los sentimientos personales no resulta verídico. No debemos perder de vista que nuestro estudio se mueve en el terreno de lo excepcional; la mayor parte de las promesas, contratos matrimoniales y relaciones entre esposos transcurrieron por los cauces de la normalidad. Es más, puede asegurarse que en la mente de quienes transgredieron la norma no estaba cuestionar el sistema, siendo bien distintas sus motivaciones.