El matrimonio clandestino en el siglo XVIIentre el amor, las conveniencias y el discurso tridentino
ISSN: 0328-0284, 2469-0961
Año de publicación: 2006
Número: 8
Páginas: 175-202
Tipo: Artículo
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Resumen
El Concilio de Trento —decreto Tametsi— siguiendo la línea iniciada en el IV Concilio de Letrán, declaró inválidos los matrimonios clandestinos, contraídos fuera de la iglesia, sin la publicidad requerida, presencia del parroco o los testigos; una normativa que tardaría en ser aceptada entre las uniones conyugales de entonces. En la Sevilla Barroca, los matrimonios clandestinos persistieron, bien como representación de uniones sentimentales sin consentimiento paterno, bien como estrategia utilizada de ascenso social por parte de familias de condición inferior.