Las diputaciones provinciales de Badajoz y Cáceres durante la dictadura de Primo de Rivera (1923-1930)

  1. LEMUS LOPEZ, ENCARNACION

Universidad de defensa: Universidad de Sevilla

Año de defensa: 1991

Tribunal:
  1. Celso Jesús Almuiña Fernández Presidente/a
  2. María del Carmen Parias Sáinz de Rozas Secretario/a
  3. Josefina Cruz Villalón Vocal
  4. Rafael Sánchez Mantero Vocal
  5. Fernando Sánchez Marroyo Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 30881 DIALNET

Resumen

ENTRE LAS MEDIDAS CON LAS QUE EL DIRECTORIO PRESIDIDO POR PRIMO DE RIVERA INTENTO COMBATIR EL DOMINIO DEL CACIQUISMO EN EL SISTEMA POLITICO DEL YA DEGRADADO CANOVISMO, SE CUENTA LA DISOLUCION DE LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES EL 12 DE ENERO DE 1924. YA DENTRO DEL GOBIERNO CIVIL, OBRA DE JOSE CALVO SOTELO, Y CON INSPIRACION MAURISTA, SE APROBO EL 20 DE MARZO DE 1925 EL ESTATUTO PROVINCIAL. POR PRIMERA VEZ, LA PROVINCIA QUEDO CONTEMPLADA EN LA ORGANIZACION ADMINISTRATIVA LOCAL COMO UNA ORGANIZACION TERRITORIAL "POR Y PARA SI MISMA", TENDENTE AL AUTOGOBIERNO Y, EN BASE A ELLO, CONCEDEN NUEVAS COMPETENCIAS. EN ESTA TESIS DE DOCTORADO SE ESTUDIA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS DIPUTACIONES EXTREMEÑAS EN ESTE PERIODO, ENTRE 1923 Y 1930: LA IDENTIDAD DE LOS DIPUTADOS, LOS RECURSOS PROVINCIALES Y SU EMPLEO EN EL FOMENTO DE LA ECONOMIA Y LA CONFIGURACION DE LA INFRAESTRUCTURA DE LAS DOS PROVINCIAS.