La oportunidad de una cláusula ambiental de elementos esenciales en acuerdos comerciales de la Unión Europea con Estados tercerosa propósito del Acuerdo Unión Europea-Mercosur

  1. Rosa Giles Carnero 1
  1. 1 Universidad de Huelva
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    Universidad de Huelva

    Huelva, España

    ROR https://ror.org/03a1kt624

Revista:
Documentos de trabajo ( Fundación Carolina ): Segunda época

ISSN: 1885-9119

Año de publicación: 2021

Número: 44

Tipo: Artículo

DOI: 10.33960/ISSN-E.1885-9119.DT44 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openDialnet editor

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Resumen

En el presente documento se reflexiona sobre la conveniencia de introducir, en los acuerdos comerciales de la Unión Europea con Estados terceros, una cláusula que expresamente califique como elemento esencial del tratado aspectos de protección ambiental. En este ámbito, la práctica relativa a la cláusula democrática —que presenta ya un largo recorrido en la adopción de tratados comerciales— supone un antecedente que ayuda a valorar las posibles ventajas y límites de la utilización de este tipo de disposiciones. A lo largo del trabajo, se utiliza como caso de estudio el acuerdo sobre comercio e inversiones concluido en 2019 entre la Unión Europea y el Mercosur, el cual supone un caso particular, a la vez que paradigmático, en el que la pregunta sobre la oportunidad de una cláusula sobre elementos esenciales con contenido ambiental resulta de interés, e incide sobre las posibilidades de que el acuerdo pueda ser definitivamente adoptado. El análisis en torno a este acuerdo permite enunciar algunas conclusiones sobre la oportunidad de introducir este tipo de cláusula en el tratado, las cuales pueden extenderse, de forma general, a los acuerdos comerciales de la Unión Europea con Estados terceros.