Buena administración, principio democrático y procedimiento administrativo

  1. Javier Barnes
Revista:
Revista Digital de Derecho Administrativo

ISSN: 2145-2946

Año de publicación: 2019

Número: 21

Páginas: 77-123

Tipo: Artículo

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Resumen

Responder al interrogante de si el derecho a la buena administración guarda alguna relación con el principio democrático, entendido primariamente como democracia representativa, implica determinar cuál es el carácter que se le atribuye al primero a partir de su consagración normativa a nivel europeo. En la medida en que la buena administración integra un conjunto de derechos procedimentales, las relaciones que mantiene con el principio democrático cobran fuerza en aquellos eventos en el que el procedimiento administrativo sirve como herramienta para aplicar la ley a casos concretos, de ordinario a través de actos administrativos singulares. Aquí el procedimiento coadyuva a la democracia, puesto que se utiliza para hacer realidad en cada caso lo que la ley democrática ha dispuesto. Por el contrario, y conforme a los elementos que según el derecho positivo integran la buena administración, las relaciones que este derecho mantiene con el principio democrático aparecen más remotas y difusas cuando el procedimiento administrativo se utiliza para completar lo que la ley ha establecido. Ante esta constatación, la presente investigación busca determinar en qué condiciones esta clase de procedimientos administrativos de carácter creativo o innovador pueden fortalecer la legitimidad democrática de la Administración. La diferenciación de ambos conceptos –democracia y participación– permite identificar los criterios para determinar en qué condiciones la Administración se legitima a través del procedimiento