Selección y nombramiento de directores de centros docentes en Españaalgunas dificultades para la definición de un modelo tras el desarrollo que realizan las administraciones educativas.
- Montero Alcaide, Antonio
- Julián López-Yáñez Director/a
Universidad de defensa: Universidad de Sevilla
Fecha de defensa: 27 de marzo de 2006
- Vicente Llorent-Bedmar Presidente/a
- Juan Ignacio López Ruiz Secretario/a
- Guillermo Domínguez Fernández Vocal
- Carlos Marcelo García Vocal
- José Manuel Coronel Llamas Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
Establecido, como objeto de la investigación, el modelo de selección y nombramiento de directores de centros docentes en España y las dificultades para la definición del mismo tras el desarrollo que realizan las Administraciones educativas¸ queda centrada la pretensión fundamental. Sin embargo, se derivan de ella, o tienen su razón de ser como objetivos secundarios, estos otros: - Describir y analizar los procedimientos de acceso a la dirección de los centros escolares en el sistema educativo español. - Sistematizar dimensiones o variables que hagan operativa la información sobre el desarrollo del modelo básico de acceso a la dirección. - Aportar información relevante sobre la diversidad de los desarrollos realizados por las Administraciones educativas para la selección del director regulada en la Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE, 20029. - Identificar disfunciones, en el desarrollo del modelo de dirección, cuyo conocimiento redunde en la mejor adecuación o ajuste de los procedimientos de selección y nombramiento de directores en el sistema educativo español. - Establecer un modelo de análisis documental que pueda ser utilizado en posteriores investigaciones con el mismo o parecido objeto. Ni en este ámbito de los objetivos, como tampoco en los de los supuestos básicos e hipótesis, conviene cerrar los presupuestos o acotarlos de manera estricta. Antes bien, el curso de la investigación y la revisión teórica que la sostiene son un cauce abierto del que pueden rescatarse nuevas ideas que completen o precisen estas consideraciones iniciales y, en todo caso, necesarias como punto de partida y referencia principal. Algunos de los aspectos ya apuntados en los apartados anteriores han podido anticipar el elenco de hipótesis que ahora se establece para la investigación del proceso de selección de directores en nuestro país. Optamos, entonces, por una hipótesis central directamente vinculada con el objeto de la investigación: El modelo de dirección de centros docentes, establecido en la Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE, 2002), no registra garantías suficientes para una homologación básica de sus elementos fundamentales en el desarrollo que adoptan las Administraciones educativas. Y, a partir de ella, se identificaron otras asociadas: a) El análisis del desarrollo y la concreción del modelo de dirección de centros por las distintas Administraciones educativas aporta diferencias relevantes que afectan a los procesos de selección y nombramiento de los directores. b) La diversidad se constata en los requisitos y órganos que intervienen en la selección de los candidatos: tipos y número de centros a los que se puede optar, funciones y composición de las comisiones de selección. c) Las diferencias se hacen especialmente notorias en los méritos considerados para la selección de los candidatos: estructura de los baremos, puntuaciones mínimas, proyecto o programa de formación inicial, entre otros. d) La experiencia previa en el ejercicio de la dirección y la valoración positiva de la misma son méritos escasamente considerados en el desarrollo del modelo de acceso a la dirección de los centros. e) En la medida en que tener destino en el centro deja de ser requisito principal para optar a la dirección del mismo, cabe pensar en e desarrollos que compensen o atenúen esta circunstancia. f) En algunos de los desarrollos realizados, puede inferirse el intento de conciliar modelos selectivos y electivos en una definición híbrida y forzada que desnaturaliza el procedimiento básico de acceso a la dirección. g) A consecuencia de la diversidad de desarrollos y, sobre todo, de la escasa homologación de los mismos, pueden resultar afectados principios fundamentales como la igualdad de oportunidades de los candidatos a la dirección. h) Es necesario un desarrollo reglamentario en el que se establezcan, con mayor precisión y alcance, los elementos básicos que caractericen y homologuen el modelo de dirección. Como se anticipó al señalar los objetivos, este cuerpo de hipótesis dirige el rumbo de la investigación, pero el avance de ésta, a veces no domeñada por las consideraciones iniciales, indicará la oportunidad de tal construcción hipotética o la necesidad de precisarla en mejor medida. A ello nos emplazará, de manera principal, la revisión de los resultados obtenidos y, sobre todo, la identificación de las conclusiones.