La doctrina del TS en relación con los listados de deudores tributarios morosos: la necesidad de firmeza de las deudas y sanciones y la extensión de las alegaciones a cualquier cuestión jurídicaAnálisis de las SSTS de 20 de enero, rec. núm. 1467/2021, y de 25 de enero de 2023, rec. núm. 465/2021

  1. Malvárez Pascual, Luis A.
Revista:
Revista de Contabilidad y Tributación. CEF

ISSN: 2695-6896 2792-8306

Año de publicación: 2023

Número: 481

Páginas: 115-132

Tipo: Artículo

DOI: 10.51302/RCYT.2023.18701 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

Otras publicaciones en: Revista de Contabilidad y Tributación. CEF

Resumen

El Tribunal Supremo ha fijado doctrina en relación con dos asuntos de la máxima relevancia respecto al régimen jurídico de los listados de deudores tributarios morosos que regula el artículo 95 bis de la Ley General Tributaria (LGT). Por un lado, se establece la necesidad de firmeza de las deudas o sanciones tributarias para que se puedan tomar en consideración a la hora de fijar el débito existente en la fecha de referencia. Por otro lado, se establece que en las alegaciones el interesado no solo podrá hacer referencia a cuestiones que constituyan un error material, de hecho o aritmético, sino que podrá plantear, en vía administrativa y judicial, cualquier cuestión jurídica relativa a la concurrencia de los requisitos y presupuestos que exige el artículo 95 bis de la LGT.

Referencias bibliográficas

  • Reforma fiscal española y «agujeros negros» del fraude. Propuestas y recomendaciones (p. 252).
  • Cayón Galiardo, A. (2015). La publicación del listado de morosos y de la identidad de los defraudadores a la Hacienda Pública. Revista Técnica Tributaria, 111 [Sección Editorial].
  • García Novoa, C. (2018). Régimen jurídico de la lista de morosos tributarios: publicación de situaciones de incumplimiento relevante. Tirant lo Blanch.
  • Malvárez Pascual, L. A. (2016). Los registros de deudores tributarios morosos y la publicidad de las sentencias por delitos fiscales. Aranzadi.
  • Malvárez Pascual, L. A. (2022). Las reformas introducidas por la Ley 11/2021, de 9 de julio, en la normativa reguladora de los listados de deudores tributarios morosos. En P. Chico de la Cámara y J. Galán Ruiz (Dirs.), Comentarios a la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (pp. 539-578). Thomson Reuters Aranzadi.
  • Mata Sierra, M. T. (2016). La publicación de listas de deudores y la publicación de fallos de sentencias condenatorias por ciertos delitos. En I. Merino Jara y J. Calvo Vérgez (Coords.), Estudios sobre la reforma de la Ley General Tributaria. Huygens.
  • Olivares Olivares, B. D. (2015). La publicidad de los deudores tributarios desde la perspectiva del derecho a la protección de los datos personales. Quincena Fiscal, 11 (BIB 2015\1894).
  • Sánchez Pedroche, J. A. (2014). Súbditos fiscales o la reforma en ciernes de la LGT. Revista de Contabilidad y Tributación, 381, 5-50.